Anulados los Servicios Mínimos en la huelga Veterinaria

  • La Orden que disponía los Servicios Mínimos durante la huelga de Veterinarios convocada en los Mataderos de Palencia, ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
  • LA UNIÓN SINDICAL DE CASTILLA Y LEÓN (USCAL) TUMBA DE NUEVO EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA UNA ORDEN DE LA JUNTA

 

ABSTRACT DE LA SENTENCIA Nº 1047 (PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000379 /2019)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la UNIÓN SINDICAL DE CASTILLA Y LEÓN (USCAL), contra la Orden PRE/1352/2018 de 13 de diciembre, por la que se garantiza la prestación de servicios mínimos como consecuencia de la convocatoria de huelga por la central Unión Sindical de Castilla y León (USCAL) del personal veterinario que ejerce su trabajo en cualquiera de los mataderos de la provincia de Palencia, a propuesta de la Consejería de Sanidad.

Dicho Tribunal ha fallado declarando nula la Orden PRE/1352/2018 de 13 de diciembre, por la falta de justificación necesaria para el establecimiento de los servicios mínimos de la huelga de los veterinarios de los mataderos de la provincia de Palencia. Colige en este sentido el TSJ que “Del contenido de la resolución no puede desprenderse que exista la justificación necesaria de los servicios mínimos establecidos, pues lo que se razona en el preámbulo son, en su mayor parte, consideraciones generales sobre la necesidad de establecer servicios mínimos en caso de huelga conforme a la normativa vigente, estableciendo el carácter esencial de los servicios mínimos que se fijan, más sin concreción de cuales hayan sido los criterios para su establecimiento ni el número de trabajadores afectados, sino a través de la expresión de fórmulas genéricas en las que ni tan siquiera se hace referencia a la plantilla ordinaria…”.

 

SENTENCIA A FAVOR DE LOS VETERINARIOS DE LA JUNTA

El Sindicato de Veterinarios de Castilla y León (SIVECAL), a través de la Organización Sindical en la que se encuentra federado, USCAL, en su afán por defender los derechos de los funcionarios de la Junta de Castilla y León, convocó huelga del personal veterinario que ejerce su trabajo en cualquiera de los mataderos de la provincia de Palencia, a lo largo de los días 18 a 24 de diciembre de 2018, ambos incluidos, y ante la abusiva Orden de Servicios Mínimos publicado por la Junta, planteó recurso al que ahora la justicia da la razón.

Pero no sólo son abusivos esos mínimos, son abusivos los horarios que se imponen a estos trabajadores, las jornadas de trabajo en sábados y festivos, los horarios nocturnos, la falta del preceptivo descanso diario y semanal en determinadas épocas del año, la superación del máximo de 48 horas semanales marcadas por la normativa con jornadas que llegan en algunos casos a las 14 horas/día y sin el preceptivo descanso de 12 h. entre turnos; y por ende la falta de posibilidad de conciliación de la vida familiar, insistimos precisamente en épocas como Navidades, Semana Santa, puentes, etc. 

Se incumple con los Veterinarios el Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias del personal funcionario de la administración de la comunidad de Castilla y León. Se incumple el Estatuto de los Trabajadores de aplicación al no existir norma específica al respecto ni convenio, ni acuerdo entre las partes. Se incumple la Directiva 2003/88/CE de 4 de noviembre de 2003 relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.

Lo que más preocupa al Sindicato de Veterinarios es que la Junta no tiene ninguna sensibilidad con estos trabajadores sanitarios, ni tiene en cuenta las especiales características del trabajo de los veterinarios en los mataderos. No podemos olvidar que son los únicos funcionarios que desempeñan toda su jornada fuera de las oficinas propias de la administración, en empresas donde sus condiciones laborales están caracterizadas por  los esfuerzos físicos intensos y repetitivos, los ambientes agresivos para la salud (calor y frío extremos), determinado tipo de jornadas (como trabajo nocturno, turnos rotativos y trabajos en fiestas y fines de semana), riesgo de contraer zoonosis y otras patologías, alto grado de estrés, y trabajo marcado por el ritmo de cadenas de producción que no se detienen. Además, en el caso de jornadas especiales el número de veterinarios no corresponde al total de la plantilla, por lo que aquellos que tienen que trabajar esos días tienen una sobrecarga laboral importante. En definitiva, se produce un escenario en el que los peligros, la penosidad y el grave riesgo para los trabajadores públicos son constantes e ilimitados.

A mayor abundamiento, al contrario que lo que hace con otros colectivos, no se les abona desplazamiento hasta el puesto de trabajo ni se les facilita vehículo para realizarlo, no se les paga dieta de manutención, aunque las jornadas empiezan por la mañana y continúan en muchos casos por la tarde. A pesar de que el trabajo de estos funcionarios genera al erario público, sólo en tasas por su labor inspectora de carnes, más de diez millones de euros en el conjunto de los mataderos de Castilla y León. Además del incuantificable valor en vidas y económico de su contribución a la salud pública, impidiendo la entrada en la cadena alimentaria de riesgos (residuos como antibióticos, fármacos y otras sustancias nocivas) y la detección de patologías animales que producen pérdidas importantes en la cabaña ganadera, además de zoonosis.

Incomprensiblemente, estos sanitarios no pueden disfrutar de lo regulado para el resto de colectivos sanitarios, la Junta no les considera como tales y como ejemplo aun habiendo sido considerados esenciales y trabajado durante toda la pandemia de forma continuada no se les ha abonado la gratificación que sí se ha abonado a los asistenciales; y ni tan siquiera se les ha valorado y reconocido públicamente, que es lo más triste.

Por ello, la mencionada sentencia adquiere más valor que nunca, porque tarde o temprano desde esta Organización Sindical tendremos que convocar nuevas movilizaciones en defensa de los profesionales de la Salud Pública, que en base a la mencionada sentencia tendrán más contundencia y efectividad, pues los Servicios Mínimos que se nombren, tendrán que estar suficientemente motivados y no podrán ser de nuevo abusivos, arbitrarios, injustos e ilegales.

Y por tanto, con esta nueva sentencia (recordamos que no hace mucho conseguimos que se anulara también el Catálogo de Puestos Tipo y todas las Relaciones de Puestos de Trabajo de los funcionarios de la Junta) demostramos que, como venía siendo costumbre reiterada por parte de la Administración de la Junta de Castilla y León, la falta de motivación y justificación en sus decisiones era una constante en sus actuaciones, aun tratándose, como es el caso, del ejercicio de un derecho fundamental.

 

Por parte de USCAL reiteramos nuestra apuesta por la legalidad y por los derechos de los funcionarios públicos de Castilla y León.