FESVET ( federación Estatal de Sindicatos Veterinarios) Solicita nuevamente participar en la mesa negociadora del III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios
FESVET ( Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios) Solicita nuevamente participar en la mesa negociadora del III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios
DESDE FESVET ENTENDEMOS QUE SOLO ASÍ SE DARÍA LEGITIMACIÓN REAL A UN EVENTUAL ACUERDO Y SE PODRÍA ALCANZAR EL CONVENIO DIGNO QUE LOS VETERINARIOS MERECEN
A la tercera va la vencida. Y por ello, desde FESVET creemos que ha llegado el momento de que los Veterinarios, Auxiliares Clínicos Veterinarios y el resto de personal de apoyo al que afectará el III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios deben de contar con unas condiciones laborales a la altura de estos profesionales, que además se merecen alcanzar los mismos niveles retributivos que el resto de profesionales sanitarios, del que distan un abismo.
Para ello, FESVET se ha dirigido al Presidente de la Mesa Negociadora del referido Convenio, en los siguientes términos literales:
<<Hemos recibido con decepción la respuesta de la Comisión Negociadora del Tercer Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios en la que sin entrar en detalles nos indica que “en la constitución de la mesa negociadora del 21 de octubre se acreditó el universo de representatividad sindical con el certificado de representatividad del Ministerio de Empleo y las actas electorales aportadas por las organizaciones sindicales, por lo que desde esta Comisión Negociadora se le insta a FESVET que acredite su representatividad”.
Para conocer el “universo de representatividad” al que se alude, desde FESVET nos hemos dirigido a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social y los resultados que hemos obtenido indican la siguiente audiencia a 31/11/2025:
- El número de empresas en la que se han realizado elecciones representativas de los trabajadores en el código CNAE 7500 de la Sección N. Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas que se encuentran relacionadas dentro de la división 75 de Actividades Veterinarias es de 47, lo que supone el 1,49 % de las empresas del sector (en España existen 021 centros veterinarios registrados).
- El censo de trabajadores(veterinarios, auxiliares de veterinaria y otro personal de apoyo) convocados a las elecciones en las 47 empresas que han tenido elecciones sindicales es de 414, lo que supone el 3,17 % de los 44.500 trabajadores directos del sector, de los cuales graduados en Veterinaria son aproximadamente la mitad.
- El número total de representantes unitarios(delegados de personal y miembros del comité de empresa), elegidos democráticamente en las 47 empresas que han realizado elecciones es de 103, lo que sitúa la representación laboral en unas circunstancias prácticamente anecdóticas. Llama la atención que, para vigilar el cumplimiento de la normativa laboral, recibir información y ser consultados sobre medidas de la empresa, en CC.AA. como Madrid, con 864 centros veterinarios, solo se hayan elegido 18 representantes unitarios (ubicados en tan solo 6 empresas), Cataluña, que cuenta sólo en Barcelona con 798 centros, únicamente tenga una representación de 35 delegados (ubicados en 10 empresas), o Andalucía donde sólo en Málaga y Sevilla hay 606 clínicas, cuenten con 8 representantes laborales (ubicados en 8 empresas, de las que ninguna está en Málaga ni Jaén). También es muy significativo que varias CC.AA. (Asturias, Cantabria, Extremadura y La Rioja) no tengan ni un solo representante de los trabajadores del sector veterinario.
- La representación de los tres sindicatos que participan en la Comisión Negociadora del Tercer Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios también es llamativa, pues CC.OO. cuenta con 41 (39,91%) representantes unitarios, UGT con 27 (26,21%) y FETICO con 11 (10,79%), en éste último caso con representación en tan solo 4 centros de trabajo en toda España. En todo caso, el 23,21% de los sindicatos con representación en el sector veterinario están excluidos de la misma. Otro dato relevante de la representación unitaria es que 46 (44,66%) de los 103 representantes son delegados de personal y que de los miembros de los comités de empresa 24 (23,30%) pertenecen al colegio 1 (grupo superior de la clasificación profesional, representado fundamentalmente por los graduados veterinarios). También es significativo que la representación de estos tres sindicatos se circunscribe a 33 empresas, es decir, el 0,47% del total de los centros veterinarios de España. Y representan a 1073 trabajadores, es decir, el 2,41% del total de empleados del sector veterinario.
El segundo punto de análisis que tenemos que valorar en cuanto al “universo de representatividad” es el del código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), que es el código numérico de 4 dígitos que identifica y agrupa la actividad principal de empresas y autónomos en España, para fines estadísticos y administrativos, gestionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Permite recopilar y analizar datos sobre la actividad económica en España. Este código, aunque sin implicaciones fiscales directas en las empresas, es obligatorio que conste en el registro de Hacienda y en la Seguridad Social.
En el código CNAE 7500 de la Sección N. Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas se encuentran relacionadas, dentro de la división 75 las Actividades Veterinarias, que incluye la realización de actividades de control y cuidados médicos dispensados a los animales de compañía o de granja. Estas actividades se realizan, por graduados veterinarios, en clínicas veterinarias, así como en visitas a establecimientos agropecuarios, perreras o a domicilio, en consultas y salas de operaciones o en otros lugares. Comprende también los servicios de ambulancia para animales, las actividades clínico-patológicas, las pruebas genéticas y otras actividades diagnósticas relacionadas con los animales. Asimismo, están incluidas las actividades de los auxiliares de veterinaria u otro personal de apoyo en veterinaria.
Resulta paradójico que, si el eje fundamental sobre el que se desarrollan las actividades veterinarias son los graduados en Veterinaria, y ésta es una profesión sanitaria, las actividades veterinarias estén encuadradas en la sección N con código CNAE 7500 de actividades profesionales, científicas y técnicas, en lugar de en la sección R de “actividades sanitarias y de servicios sociales”, lo que condiciona la negociación colectiva y sitúa a la profesión fuera del ámbito sanitario. Consecuencia de lo cual, entre otras cuestiones, se impone un IVA no sanitario a estas actividades en el ámbito de los animales de compañía, y en los próximos meses la Conferencia Sectorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes facilitará que el Gobierno apruebe el real decreto que regule la formación profesional reglada de los auxiliares clínicos veterinarios (ACv´s) dentro de la familia/rama profesional agraria, en lugar de en la sanitaria.
La tercera cuestión que no podemos obviar dentro del “universo de representatividad”, es la derivada del modelo de negociación colectiva que existe en este país con unas disfunciones normativas que permiten una acreditación ficticia de la representatividad a las organizaciones “más representativas” sindicales y empresariales. Ello permitió que la negociación del primer convenio colectivo del sector veterinario la llevaran a cabo sindicatos con unos niveles de afiliación mínimos, por no decir inexistentes, consecuencia del cual las retribuciones de los Veterinarios son las más bajas de todas las profesiones sanitarias, permitiendo que en el primer año de ejercicio clínico se acerquen a 20 mil euros brutos anuales, cuando la media de los egresados en ciencias de la salud supera los 26 mil euros brutos anuales. Y con más de cuatro años de desarrollo profesional se estanque en los 26 mil, cuando la media de los egresados en ciencias de la salud supera los 34 mil euros brutos anuales, en datos del propio SIIU (Sistema Integrado de Información Universitaria).
Y esto fue así, porque están legitimados para negociar inicialmente un nuevo convenio colectivo los sindicatos que tengan la consideración de más representativos en el ámbito estatal o de Comunidad Autónoma [art. 87.2.a) y b) ET] cuya capacidad representativa se extiende «a todos los niveles territoriales y funcionales», en el primer caso, o al «ámbito específico de la Comunidad Autónoma», en el segundo, para ejercer el derecho de negociación colectiva [art. 6.3.b) y 7.1 LOLS]. Esto supone que, con independencia de cuál sea la representatividad real con que cuenten esos sindicatos en el ámbito del convenio supraempresarial, incluso aunque no tengan ninguna, la Ley les otorga el derecho a participar en su negociación, cuya presencia efectiva en la mesa negociadora viene garantizada por el artículo 87.5 ET. No necesitan, por tanto, acreditar una «audiencia» específica en el ámbito del convenio, pues ésta ya viene amparada por la mayor representatividad «a nivel» estatal o autonómico de aquéllos. En definitiva, sólo se hallan inicialmente legitimadas las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de ámbito estatal o de Comunidad Autónoma. Lo que supone que, aunque dispongan de una legitimación inicial reconocida ex lege, de nada sirve realmente pues carecen de legitimación plena, y que está basada en criterios de implantación, en lugar de criterios de audiencia electoral.
Por tanto, con las normas actuales se otorga legitimación negociadora a sindicatos, y lo mismo sucede con las patronales, que tienen una presencia casi simbólica en el sector veterinario lo que distorsiona la eficacia laboral de un convenio. Y, en definitiva, se prima la representatividad legal (condición de “más representativo”) sobre la representatividad real (afiliación y presencia en los órganos de representación unitarios) lo que deslegitima una verdadera negociación representativa en el sector.
Poniendo en valor todas las aportaciones de este escrito y el derecho que tienen todas las personas trabajadoras del sector veterinario a la asistencia y asesoramiento de su representación sindical y/o unitaria, de nuevo, por acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios (FESVET), trasladamos una nueva solicitud de nuestra Organización para podernos incorporar, como organización sindical representativa del sector, a la Mesa Negociadora del Tercer Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios, lo que daría legitimación real a un eventual acuerdo del referido convenio colectivo.
En espera de su respuesta, reciba un afectuoso saludo.>>
Como venimos denunciando reiteradamente, la brecha salarial entre profesiones sanitarias en inasumible y exige una respuesta contundente por parte de toda la profesión Veterinaria. Los veterinarios son los sanitarios peor pagados de España, y es este III Convenio Colectivo, con la participación de FESVET, el que debe marcar un antes y un después en las condiciones laborales y retributivas de todos los Veterinarios, Auxiliares Clínicos Veterinarios y el resto de personal de apoyo afectado por el mismo.
FESVET
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