Rechazada una moción que reclamaba deducciones fiscales para fomentar la tenencia responsable de animales de compañía

Rechazada una moción que reclamaba deducciones fiscales para fomentar la tenencia responsable de animales de compañíaRechazada una moción que reclamaba deducciones fiscales para fomentar la tenencia responsable de animales de compañía

La comisión de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Parlamento de Navarra ha rechazado este martes, con los votos en contra de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y los votos a favor de UPN y PPN, una moción en la que se instaba al Gobierno de Navarra a «presentar en el plazo máximo de cuatro meses un proyecto de ley foral de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el objeto de incorporar deducciones fiscales dirigidas a fomentar la tenencia responsable de animales de compañía».

Tras una enmienda de modificación presentada por el PPN y aceptada por UPN, titular de la iniciativa, se incluía en la definición de animales de compañía a «todos los perros, gatos y hurones, independientemente del fin para el que se usen (caza, auxiliares, pastores, etc.) o el lugar en el que habiten».

La moción rechazada, en el segundo punto, exhortaba al Ejecutivo a «incluir en dicho proyecto de ley foral una deducción del 30% de los gastos veterinarios ordinarios, con un límite máximo de 150 euros por unidad familiar y periodo impositivo».

Se proponía considerar como gastos veterinarios ordinarios las «identificaciones, vacunaciones obligatorias y preventivas; las consultas veterinarias periódicas; los tratamientos antiparasitarios y preventivos; y las revisiones diagnósticas e intervenciones».

Todo ello, según se detallaba, «condicionado a que el animal esté debidamente identificado conforme a la normativa foral vigente y registrado en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Navarra (RIACNA)».

En un tercer punto, se instaba al Gobierno de Navarra a «incorporar una deducción fiscal por adopción responsable de animales de compañía, por importe de 200 euros, aplicable en el ejercicio de la adopción y durante tres ejercicios consecutivos, siempre que se mantenga la tenencia del animal y se cumplan las obligaciones establecidas en la normativa de bienestar animal, quedando expresamente excluidos los supuestos de adquisición mediante compraventa».

Por último, se conminaba al Ejecutivo a «establecer que las deducciones contempladas en los puntos anteriores tengan carácter retroactivo, de forma que puedan aplicarse en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2026, respecto de los gastos veterinarios y adopciones realizados desde el 1 de enero de 2026, una vez aprobada y publicada la correspondiente modificación normativa».

En la exposición de motivos, UPN argüía que Navarra «no debe quedarse al margen de una política fiscal moderna y coherente con los objetivos de bienestar animal que ella misma promueve desde el ámbito normativo» y, en ese sentido, y tal y como ha hecho Andalucía, abogaba por impulsar deducciones fiscales orientadas a fomentar la tenencia responsable y la adopción de animales de compañía.

 

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