Tras la reunión de las organizaciones colegiales sanitarias con el Grupo Popular se presenta en el Senado la proposición de ley para la modificación de la Ley de Sociedades Profesionales

La proposición de ley relativa a la modificación de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales (LPS) fue presentada en el Senado tras la reunión que los Consejos Generales de Veterinarios, Dentistas, Médicos y Farmacéuticos mantuvieron con el Grupo Popular.

A la presentación han asistido el presidente del Consejo General de Colegios Veterinarios, Luis Alberto Calvo; el presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro; el presidente del Consejo General de Farmacéuticos, Jesús Aguilar; y el presidente del Consejo General de Colegios Médicos, Serafín Romero.

Por parte del Grupo Parlamentario Popular han estado presentes Antonio Alarcó, portavoz de Sanidad del PP en el Senado; Antonio Román, vicepresidente segundo de la Comisión de Sanidad en el Senado; Rubén Moreno, miembro de la comisión de Sanidad del PP en el Senado; y Juan Mª Vázquez, senador del PP.

Esta ley prevé que los Colegios Profesionales puedan sancionar deontológicamente a aquellas empresas que lleven a cabo actividades para las que se requiere colegiación obligatoria y, al mismo tiempo, contempla medidas para asegurar que el control empresarial queda en manos de profesionales colegiados.

Otros de los principios de mayor relevancia de la Ley de Sociedades Profesionales son la inscripción constitutiva de dichas sociedades en el Registro Mercantil, la flexibilidad organizativa, el carácter de norma de garantías y el sometimiento al control deontológico de los Colegios Profesionales.

La modificación del texto se debe a que existen resquicios legales que permiten que sociedades profesionales se inscriban en el registro como sociedades de intermediación, por lo que quedan al margen de las exigencias de la ley 2/2007 de Sociedades Profesionales.

En opinión de Luis Alberto Calvo, “los cambios que se aprueben deben ir encaminados a solucionar uno de los principales inconvenientes de la Ley de Sociedades Profesionales: que una sociedad profesional que se inscriba en el Registro Mercantil como sociedad de intermediación pueda eludir la supervisión del colegio correspondiente y el control deontológico, lo que fomenta el intrusismo. Nuestras corporaciones y nuestras profesiones tienen el deber de asegurar al usuario de los servicios profesionales sanitarios la titulación y colegiación de los profesionales que prestan sus servicios, tanto de forma individual como colectiva”.

Fuente: colvet.es

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