Agricultura fomentará la compra de equinos como sustitutos de ovinos y bovinos por su resistencia a enfermedades

Agricultura fomentará la compra de equinos como sustitutos de ovinos y bovinos por su resistencia a enfermedades, foto caballos y ovejasAgricultura fomentará la compra de equinos como sustitutos de ovinos y bovinos por su resistencia a enfermedades

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que dirige Gerardo Dueñas, de Vox, fomentará la compra de animales de la especie equina que puedan sustituir la explotación de las especies ganaderas ovina, caprina y/o bovina ante la premisa de que la resistencia de esta especie frente algunas enfermedades «puede evitar riesgos sanitarios en zonas de elevada prevalencia de las mismas».

El consejero también destaca que los animales de la especie equina «favorecen enormemente» el mantenimiento del medio natural y el aprovechamiento de pastos y conservación del patrimonio genético lo que contribuye a la revalorización y desarrollo rural.

Así consta en la argumentación de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes publicada este miércoles en el Bocyl en la que se ha añadido la opción de fomentar la compra de animales de la especie equina.

«Los nuevos retos en la ganadería, la modificación de los medios de producción y la posibilidad de la reconversión del sector añadiendo otras opciones a esta ayuda permiten establecer otros requisitos que deben estar reflejados en esta Orden de ayudas», explica en concreto el titular de Agricultura que recuerda que el marco normativo dispone el sacrificio obligatorio de los animales reaccionantes positivos a cada una de las enfermedades objeto de campaña de saneamiento ganadero y el sacrificio y destrucción de los rumiantes que la autoridad competente en materia de sanidad animal considere que pueden haber estado
expuestos al agente etiológico de las encefalopatías espongiformes transmisibles.

Estas ayudas tienen como finalidad incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería «como actividad central de las zonas rurales», facilitar el mantenimiento de la población en estas zonas y «conservar y mejorar el medio ambiente».

Y podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, titulares de explotaciones de
reproducción de ganado bovino, ovino y caprino ubicadas en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, que adquieran animales destinados a la reposición de los animales sacrificados.

Tendrá la consideración de actividad subvencionable la compra de animales de reposición de las especies bovina, ovina, caprina o equina por parte de titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino.

En el caso del ganado vacuno de leche, las hembras subvencionables deberán tener una edad comprendida desde 12 meses (incluido el día de su cumplimiento) hasta 5 años (excluido el día de su cumplimiento). En el ganado vacuno de carne, las hembras subvencionables deberán estar en
una edad desde 12 meses (incluido el día de su cumplimiento) hasta 8 años (excluido el día de su cumplimiento).

Por su parte, en el ganado ovino y caprino, los animales subvencionables deberán tener una edad comprendida entre 6 meses (incluido el día de su cumplimiento) y 5 años (excluido el día de su cumplimiento) y en el caso del ganado equino, los animales subvencionables deberán tener una edad comprendida entre 12 meses (incluido el día de su cumplimiento) y 5 años (excluido el día de su cumplimiento).

Finalmente, en el caso de sacrificio de animales debido a tembladera, los animales destinados a reposición deberán cumplir el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles y sólo en este caso serán subvencionables las hembras no gestantes con edad inferior a 6 meses (excluido el día de su cumplimiento).

 

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