Alegaciones al borrador de la ley del medicamento veterinario hechas por la plataforma de defensa de la profesión veterinaria

 

Alegaciones al borrador de la ley del medicamento veterinario hechas por la plataforma de defensa de la profesión veterinaria

A quien corresponda

Siendo hoy 07/05/2022 fecha límite para  hacer alegaciones al borrador de la ley del medicamento veterinario, enviamos adjunto desde la Plataforma Defensa de la Profesión Veterinaria, nuestras alegaciones a dicho borrador.

Con independencia de las alegaciones y propuestas que se adjunta, consideramos  necesario efectuar una serie de consideraciones al respecto de la dispensación de los medicamentos de uso veterinario y el legítimo derecho de los veterinarios a la  dispensación y venta al por menor de los mismos reconocido en  el  Reglamento (UE) 2019/6, tanto en lo que se refiere a los medicamentos sujetos a prescripción como en el caso de los no sujetos a prescripción.Tal como lo señala el  Reglamento (UE) 2019/6, (Articulo 47) que establece que: “Los veterinarios deben garantizar que no se encuentran en una situación de conflicto de intereses cuando prescriben medicamentos, al mismo tiempo que se reconoce su legítima actividad de venta al por menor (…)

Entendiendo que  una Normativa Europea debe de ser acatada por el Estado miembro no entendemos la discordancia  gran parte de países de nuestro entorno, como Francia, Alemania y otros por poner un ejemplo,en los que SÍ se permite a los veterinarios dispensar y vender al por menor medicamentos a los animales bajo su cuidado y por tanto creemos que el Estado Español debe cumplir el  (Articulo 73) donde deja claro el reglamento que: “Conviene armonizar las condiciones que rigen el suministro de medicamentos veterinarios en la Unión.”

Por otro lado en dichos países donde  el veterinario Si tiene la dispensación y venta al por menor de los medicamentos veterinarios se  ha demostrado que existe  un mayor control  de dichos medicamentos y por tanto se cumple lo que el actual reglamento desea: «que el suministro de medicamentos veterinarios por parte de los veterinarios deba restringirse a la cantidad necesaria para el tratamiento de los animales a su cuidado no entendemos que solo podamos «ceder» medicamentos al inicio del tratamiento y no «dispensar y vender dichos medicamentos hasta terminar el tratamiento de un animal al que estamos tratando

Asi mismo consideramos que es necesario  que para cumplir adecuadamente el Reglamento (UE) 2019/6 Articulo 58 »  tomar medidas que mejoren el funcionamiento del sistema de farmacovigilancia» los veterinarios al tener el control de los medicamentos suministrados a los animales puede realizar una verdadera farmacovigilancia de los mismo, para ello además consideramos que sería adecuado que los veterinarios en el ejercicio de su profesión seamos amparados y reconocidos como AUTORIDAD SANITARIA para poder notificar irregularidades por parte del propietario por incumplimiento de sus obligaciones ( tratamiento adecuado y completo con identificación del animal) primando el bienestar del animal.

 Y por último, en ningún caso se pretende desvalorizar / reemplazar el trabajo de los farmacéuticos, sin embargo se debe de tener en cuenta que cualquier intromisión de una profesión no cualificada para el ejercicio del mismo se considera “intrusismo” y este sería el caso de las farmacias y centros minoristas que no cuenten con un VETERINARIO RESPONSABLE ya que somos los únicos cualificados debido a nuestra formación en farmacología, farmacocinética, farmacodinamia y toxicología de TODAS LAS ESPECIES ANIMALES, cosa que es bien sabido no sucede con la carrera de farmacia que está encaminada casi exclusivamente a HUMANOS  y por tanto se debe tener en cuenta que TODAS ESTAS ALEGACIONES son exclusivamente para medicamentos veterinarios, por lo cual es de importancia entender que el ignorar estas alegaciones se recaería en graves consecuencias a nivel farmacológico, toxicológico para los animales y por tanto TODO lo relacionado con medicamentos veterinarios debe ser exclusivo y considerado como parte del acto clínico del profesional veterinario tras el diagnóstico o prevención de una enfermedad hasta el término de la misma ya que como único garante de la salud animal es el único cualificado para ello.

Sin más nos despedimos, esperando sean valoradas nuestras alegaciones.

Atentamente,


AXON COMUNICACION, ALEGACIONES AL: “PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA DISTRIBUCIÓN, PRESCRIPCIÓN, DISPENSACIÓN Y USO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS” PROPUESTA A LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA DISTRIBUCIÓN, PRESCRIPCIÓN, DISPENSACIÓN Y USO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS MEDICAMENTOS

de la  Plataforma Defensa de la Profesión Veterinaria.

 

Firmantes de las alegaciones  del Borrador de la ley de Medicamento  Veterinario

  • Pilar Pérez Miñano 5335 Madrid
  • Laura Castaño Pachón 5688 Madrid
  • Inmaculada Concepción Morgada Salgado 3377 Madrid
  • Jesús María Godoy Magdaleno SS581 Gipuzkoa
  • Alberto Carreras Fernandez 527 Lugo
  • Malena Menéndez González 3494 Madrid
  • Tulio Romairone 1065 Valencia
  • Ivan Muñoz Pacin 1605 Cordoba
  • Ana Maria Pérez Padilla 412026 Sevilla
  • Javier Román Ramos 1380-Cordoba
  • Cristina Rodríguez Torrús, 2820 de Valencia
  • Carolina Valdés del Río. 33/1267. Asturias
  • Jaime San José Vázquez . 33/1126. Asturias
  • Cinta Pegueroles Antich 309,  Castellon
  • Ana Tabera Pacheco. 6151  Madrid
  • Maria Martín Clemente 1275 Málaga
  • Cristina Rodríguez Torrús, 2820 Valencia
  • María Luisa Pastor Martínez, 742
  • Ana Lopez Sanchez 3904 Madrid
  • Raquel Rodriguez Ramos, 3676 Barcelona.
  • Silvia Aguilera Rasco 433 Huelva
  • Ana Isabel damian romero 1070 Pontevedra
  • José Carlos Gil Diaz 1442 Toledo
  • Azucena Gómez Alonso 2771  Madrid
  • María Jesús Silva Silva 411942  Sevilla
  • Carlos Sastre Fernández 1318- Valencia
  • Cristina Cazenave López 1158. Ciudad Real
  • Cristina Arribas Torres, 6158 Madrid
  • Diana Begoña Mendoza Aguilar. 3612 Madrid
  • Beatriz Osuna Calvet 1348 Valencia.
  • Belen Carasa Buj, 834 Navarra
  • Amaia Bernaola Uriarte, 72 Bizkaia
  • Estefanía Romeo Marco, 1662
  • María José Fernández Sanjorge Po-1269  Pontevedra
  • Monica Iranzo Soro B2915 Barcelona
  • María Albert Soler Valencia 462068
  • Gerardo Gallego Domínguez 141355
  • Patricia López Sánchez vet. 7705 Madrid.
  • Nuria Pérez Martín colegiado 1322 Toledo
  • María Rosa López Piedra 1635 Lugo
  • David osuna calvo, colegiado 5555 madrid
  • Blanca Díaz-Aguado Jalon 2.108 Madrid
  • Rosa Amoaro Seresola Pastor , 1001 por Alicante
  • Rocío González Notario 4501379 Toledo
  • María Yolanda Cid Miranda 3302  Madrid Y 512 Avila
  • Esther Pérez Catalán 4500923, Toledo
  • Mariana Lhez Paz Bizkaia
  • Olga Blanco Prieto, 5567 Barcelona
  • Adela María Rodríguez Fernández 772  Badajoz
  • Ismene De Santiago Posada 787 Las Palmas
  • Lorena Naranjo Sosa, 1259 Las Palmas
  • Rita Fernandes Delgado, 1107, Las Palmas
  • Mónica López Domingo 996 Lugo
  • Carla Vila Calatayud 46-2324 Valencia
  • Jose Antonio Sánchez Pérez 411856
  • José Manuel Mora Ayneto Barcelona
  • Iratxe Ibañez Garcia 549 Alava
  • Alvaro Santos Tejedor 548 Alava
  • Martha Lucía Robles Munar. 3833 Barcelona
  • Luis Alfredo García Fernández , 361 Coruña y  653  Oviedo
  • José Antonio Pico García , 33/ 470   Asturias
  • Beatriz Balañá Tapia 2579   Zaragoza
  • Ángel Ortillés Gonzalo 3275 Valencia
  • María Teresa Peña 1024 Barcelona
  • Antonio Cruz Madorràn 2806 Valencia
  • Epifania Martínez López 3200 Madrid
  • Luis Alberto Lázaro Vicente 1507 Zaragoza
  • Felipe Cebrian Pablos 1440 Zaragoza
  • Jose Luis Palomar Gomez 1608 Madrid
  • Araceli Fernández Martín 3359 Madrid
  • Claudia Báez Diaz 1449 Cáceres
  • Rosa Golderos Malagón 3796 Madrid
  • Ana Isabel González Ríos. 706 Granada
  • Beatriz Aparici Feal 719 Coruña
  • África Alonso Ríos 6508 Madrid
  • Maria Pardo Ramírez 410 Castellón
  • Samuel López Costa 825 Navarra
  • Gaizkane Gascón Urtiaga 742 Bizkaia
  • Ricardo Nunes 3690 Madrid
  • Diana María Ruiz Redondo DNI 47034594P
  • Edurne Cornejo Gómez 5435 Madrid
  • Bárbara Gómez Poveda 8458 Madrid
  • Leticia Castro Díaz 412245 Sevilla
  • Mariam Bouzid 5464 Madrid
  • Natalia Gandaras Salgado 852 Bizkaia
  • Vanesa Fernández Carballo 1193 Las Palmas
  • Ainhoa Almela Ventura 494 Castellón
  • Amparo Díez Duet 388 Castellón
  • Ana Maria Cameno Rodriguez 3846 Madrid
  • Oscar J. García Fernández, 4100 Madrid
  • María del Amparo Gorostiza Alvear 619 Cantabria
  • Nieves Navascués Falces 829 Navarra
  • Paloma Merchan Mundina 286 Castellón
  • Blanca Díaz-Aguado Jalon 2108 Madrid
  • Silvia Aguilera Rasco 433 Huelva
  • Rosa María Sánchez Moya 979 Granada
  • Nelson Jesús Gomez Oviedo 1116 Granada
  • María Paz Castellano Díaz 141472 Córdoba
  • Francisco Duro Serrano 366-AB Albacete
  • Julia Peláez Pintor 1095-Badajoz
  • Laura Micozzi 2336-Z Zaragoza
  • Maria Belen Gutierrez Arandilla 2973 Madrid
  • Andrés Legaz Almansa 1032 Murcia
  • Jacinto Legarda Odriozola 446 Gipuzkoa

👉🏼 Descarga aquí las alegaciones al borrador

 

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