Asociación de Veterinarios Titulares y Veterinarios de las Administraciones Públicas

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Madrid, 7 de septiembre de 2021

Excma. Sra Ministra: Por la presente quisiéramos poner en su conocimiento un hecho relativo a la movilidad de los funcionarios veterinarios destinados en los puestos de inspección fronterizos. Como sabe, la Asociación del Cuerpo Nacional Veterinario pide retomar fórmulas de provisión y movilidad extraordinarias (véase nota de prensa de dicha Asociación de fecha 22 de julio de 2021). La realidad es que dichos destinos en los puestos fronterizos y en los de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno se nutren también de veterinarios del Cuerpo de Veterinarios Titulares y de la Escala Técnica de Gestión de 00.AA., Especialidad Sanidad y Consumo, Área de Veterinaria, dependientes del Ministerio de Sanidad. Sin embargo, los compañeros del Cuerpo Nacional Veterinario insisten en la convocatoria de un mecanismo utilizado en 2019, conocido como preconcurso, dirigido únicamente a dicho Cuerpo Nacional Veterinario. En concreto, dicho mecanismo de 2019, acordado entonces por el ministro Excmo. Sr. Don Luis Planas, que lo era circunstancialmente de los dos Departamentos (Función Pública y Agricultura), se encuentra pendiente de resolución judicial firme, en el Tribunal Supremo.

Porque esta Asociación cree que ese Excmo. Ministerio de Política Territorial tiene que promover la igualdad efectiva entre todos los cuerpos de funcionarios veterinarios, removiendo obstáculos y evitando en lo posible la judicialización de los asuntos funcionariales (artículo 9.2 de la Constitución), le remito respetuosamente la presente carta.

Asimismo, también por la presente le transmito a S.E. la perplejidad por el hecho de que en la última Oferta de Empleo Público no se hayan ofertado plazas al Cuerpo de Veterinarios Titulares, pero sí, de forma masiva, al Cuerpo Nacional Veterinario. A este respecto, ya en el año 2008 el Tribunal Supremo declaró nula la oferta de veterinarios funcionarios del año 2005, porque, según el Alto Tribunal, se ofertaron al Cuerpo Nacional Veterinario plazas que eran, en realidad, las previstas para el Cuerpo de Veterinarios Titulares (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de junio 2008, Sala Contenciosa, recurso 57/2005, ponente Excmo. Sr. Don José Díaz Delgado).

En la esperanza de que todas las cuestiones que respetuosamente le planteo sean tratadas como mejor entienda S.E., en beneficio de los intereses generales (artículo 103 de la Constitución); y ofreciéndonos siempre los miembros de esta Asociación a colaborar para poner fin a la judicialización innecesaria de los asuntos que afectan a los servidores públicos, que obviamente les perturba y distrae de sus tareas para la sociedad, le saluda atentamente.

JOSÉ LUIS GARDÓN GUTIÉRREZ

PRESIDENTE

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