AVESPA facilita un modelo para las visitas zoosanitarias en explotaciones apícolas
AVESPA facilita un modelo para las visitas zoosanitarias en explotaciones apícolas
La Asociación de Veterinarios Especialistas en Sanidad y Producción Apícola (AVESPA) ha publicado un recordatorio sobre la aplicación del Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, en las explotaciones apícolas y sobre la obligación de llevar a cabo las visitas zoosanitarias correspondientes.
La normativa, vigente desde el 1 de junio de 2025, establece que la figura del veterinario de explotación es voluntaria, pero mantiene la obligación de que las explotaciones incluidas en su ámbito de aplicación reciban visitas zoosanitarias efectuadas por un profesional veterinario. En el caso de la apicultura, quedan excluidas las explotaciones con menos de 15 años.
Atribuciones de las visitas
Según la información trasladada por AVESPA, las explotaciones apícolas han sido consideradas de riesgo sanitario bajo en el marco de los criterios técnicos acordados entre el MAPA y las comunidades autónomas. Esto conlleva una frecuencia mínima de una visita zoosanitaria cada 18 meses. Por este motivo, la asociación recuerda que las explotaciones afectadas deberán haber recibido al menos una visita antes de que acabe el año 2026.
El Real Decreto fija, con carácter general, una periodicidad mínima de 18 meses para las explotaciones clasificadas con riesgo bajo, aunque la frecuencia puede variar de acuerdo con el nivel de riesgo asignado por la autoridad competente.
¿Qué debe incluir la visita zoosanitaria?
La visita debe realizarse presencialmente y permitirá evaluar, como mínimo, los requisitos sanitarios recogidos en el anexo III del Real Decreto. Entre los principales ámbitos de revisión están:
- La sanidad y la vigilancia de enfermedades.
- Las medidas de higiene y bioseguridad.
- El manejo de las arnas y de la explotación.
- La vigilancia y el control de parásitos.
- El uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.
- Las condiciones de las instalaciones y de los materiales.
- Los registros, tratamientos y resultados de laboratorio.
- La detección de deficiencias y la propuesta de medidas correctoras.
Tras la visita, el profesional veterinario debe elaborar un informe con las principales observaciones, las posibles deficiencias detectadas y las recomendaciones de mejora. El documento debe identificar la explotación y el profesional, incluir el número de colegiación y estar firmado tanto por el titular como por el veterinario. Ambas partes deben conservarlo durante un período mínimo de tres años y mantenerlo a disposición de la autoridad competente.
Un modelo práctico y gratuito elaborado por AVESPA
Para apoyar a los profesionales, AVESPA ha elaborado un modelo de informe de visita zoosanitaria en formato de lista de verificación. El documento ha sido preparado por veterinarios especialistas en sanidad y producción apícola con el objetivo de facilitar una revisión ordenada y ágil de los diferentes requisitos.
Se trata de una herramienta orientativa, voluntaria y no vinculante. No sustituye la normativa ni el criterio profesional del veterinario, y se puede adaptar a las características y necesidades de cada explotación. El modelo se puede consultar y descargar gratuitamente en el apartado de publicaciones de la web de AVESPA.
🐝 Ámbito: explotaciones apícolas incluidas en el Real Decreto 346/2025
📋 Actuación: visita zoosanitaria presencial
⏳ Atribuciones orientativa para riesgo bajo: al menos una visita cada 18 meses
🔢 Explotaciones excluidas: menos de 15 años
🗂️ Conservación del informe: mínimo de tres años por parte del titular y del profesional veterinario
✅ Recurso disponible: modelo de informe en formato de lista de verificación
💻 Acceso: descarga libre y gratuita en la web de AVESPA
Desde el COVB animamos a los profesionales que trabajan en el ámbito apícola a consultar la documentación, revisar las obligaciones aplicables a cada explotación y utilizar los recursos técnicos disponibles para garantizar unas visitas rigurosas y adaptadas a la realidad del sector.
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