CEVE presenta alegaciones al listado de antimicrobianos de uso restringido a personas

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  • Desde la Confederación Empresarial Veterinaria Española – CEVE, proponemos que el uso de los siguientes antimicrobianos siga siendo autorizado en animales mediante el mecanismo de la prescripción excepcional, recogido en los artículos 112 a 114 del Reglamento (UE) 2019/6.

El Reglamento (UE) 2019/6 establece una amplia gama de medidas concretas para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos y promover un uso más prudente y responsable de los medicamentos antimicrobianos en los animales, incluidas normas muy estrictas sobre su prescripción veterinaria para uso profiláctico y metafiláctico.

Dicho Reglamento también recuerda que los medicamentos antimicrobianos no deben administrarse de forma rutinaria ni utilizarse para compensar la falta de higiene, la cría inadecuada de animales, la falta de cuidados o la mala gestión de las explotaciones.

Determinados medicamentos antimicrobianos o grupos de medicamentos antimicrobianos deben reservarse para el tratamiento de determinadas infecciones en los seres humanos, con el fin de preservar mejor su eficacia para la medicina humana y apoyar la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos, que constituye una importante amenaza para la salud mundial.

La Agencia Europea de Medicamentos evaluó los antimicrobianos y los grupos de antimicrobianos utilizados en los medicamentos autorizados en los Estados miembros y en terceros países. Determinó qué antimicrobianos y grupos de antimicrobianos deben reservarse para el tratamiento de determinadas infecciones en los seres humanos.

Según el dictamen de la Agencia, varios antibióticos, varios antivirales y un antiprotozoario deberían reservarse para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos. De acuerdo con el asesoramiento de la Agencia, ninguno de los antifúngicos evaluados cumplía esos criterios.

La Comisión Europea ha cerrado el pasado lunes 17 de mayo el plazo para la presentación de propuestas al Reglamento de Ejecución que establecerá una lista de antimicrobianos o grupos de antimicrobianos que deben reservarse exclusivamente para el tratamiento de infecciones humanas. Como consecuencia de ello, no se autorizará el uso de estos antimicrobianos en animales (por ejemplo, en la ganadería).

Los antimicrobianos y grupos de antimicrobianos enumerados en este Reglamento no podrán utilizarse en los medicamentos veterinarios, de modo que las autorizaciones de comercialización existentes de medicamentos veterinarios que contengan dichos antimicrobianos o grupos de antimicrobianos dejarán de ser válidas.

Los medicamentos que contengan alguno de los antimicrobianos o grupos de antimicrobianos enumerados en este Reglamento no podrán utilizarse en los animales, ni siquiera como prescripción excepcional.

En este sentido, CEVE valora muy razonablemente la lista presentada a valoración, pero ha querido presentar un propuesta elaborada por su comisión del medicamento veterinario

Podéis consultar la información de referencia haciendo clic en la imagen 👇🏼

 

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