El juzgado da la razón al Covib y dice que los veterinarios tienen «en exclusiva» competencias en seguridad alimentaria

El Colegio de Veterinarios de Baleares (Covib) ha informado de que el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha considerado que los titulados en Veterinaria cumplen «en exclusiva» con los conocimientos, competencias y atribuciones profesionales para el ejercicio de actividades en el ámbito de la seguridad alimentaria, si bien existen otras disciplinas que, parcialmente, pudiera llevarlas a cabo.

Según ha señalado la entidad en un comunicado, el juez ha estimado la demanda interpuesta por el Colegio Oficial de Veterinarios de Baleares frente al Ayuntamiento de Palma en 2016 por la creación de la especialidad de TAE Superior en Seguridad Alimentaria con los requerimientos con que lo hizo.

En la sentencia 137/20, ha añadido el colegio profesional, ha declarado el procedimiento «disconforme a derecho, anulándolo y disponiendo en la redacción de la especialidad el acceso exclusivo a titulados en Veterinaria, sin perjuicio de poder incluirse a los titulados en Farmacia siempre que se restrinja a alimentos de origen vegetal», condenando a la Administración demandada.

Según han apuntado desde el Colegio, el tribunal se basa en los distintos Reglamentos y legislación vigente, y entre los cuales destaca la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Esta norma dispone que los veterinarios son los encargados del control de la higiene y de la tecnología en la producción y elaboración de alimentos de origen animal, así como la prevención y lucha contra las enfermedades animales, particularmente las zoonosis, y el desarrollo de las técnicas necesarias para evitar los riesgos que en el hombre pueden producir la vida animal y sus enfermedades.

El Tribunal, han añadido, da pie a que los titulados en Farmacia puedan desempeñar estas funciones, si bien pueden hacerlo exclusivamente respecto de alimentos de origen vegetal, y rechaza otras titulaciones al no guardar suficiente relación con las funciones de la especialidad de Técnico en Administración Especial en Seguridad Alimentaria.

La sentencia hace referencia a los títulos de otras especialidades, aportados por la parte demandada, sobre los cuales señala que, «ninguno incluye entre sus contenidos y competencias el control sanitario o la inspección de los alimentos y establecimientos alimentarios, ni tampoco habilita para el ejercicio de profesión sanitaria», resultando por tanto las especialidades que contienen estas titulaciones «incompatibles con la plaza».

Según han apuntado desde el Colegio, la actividad profesional de los veterinarios ha estado ligada «históricamente» a los productos de consumo de origen animal, así como a la higiene, la tecnología y la investigación alimentarias.

Actualmente, en Baleares, más de 60 profesionales de la veterinaria están realizando estas funciones.

El presidente del Covib, Ramón García ha expresado su «satisfacción» porque la sentencia es un «reconocimiento claro» de las competencias profesionales y «constituye un precedente muy importante de cara al futuro».