Estos son todos los gastos que puedes deducirte en 2020 si eres autónomo

  • Hay una serie de gastos que todos los autónomos pueden deducirse en el desarrollo de su actividad. La Ley diferencia entre IVA e IRPF, y aunque hay gastos comunes, cada uno de ellos son deducibles en un impuesto diferente.

El año 2020 marca el comienzo un nuevo ejercicio fiscal. Y como cada año, muchos autónomos tienen entre sus propósitos poder reducir su factura fiscal. Para ello, tienen a su disposición una serie de gastos deducibles que pueden aplicarse.

En general, los autónomos pueden deducirse todos los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad. Para ello, deberán disponer del correspondiente ticket o factura, en función del tipo de gasto, aunque hay otros gastos para los que no es necesario disponer del documento correspondiente.

Estos son gastos más habituales, tanto a efectos del IVA como del IRPF. 

Gastos de IVA deducibles en 2020

Con carácter general, podremos deducirnos el IVA de todos los gastos que estén afectos a nuestra actividad.

El coche del autónomo en el IVA

Para deducir el 100% del IVA soportado en la compra de un vehículo y de sus gastos, este tiene que estar afecto a la actividad económica. Es decir, tiene que utilizarse en exclusiva en el ejercicio de la actividad. Aquí se incluyen, entre otros:

  1. Vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
  2. Vehículos utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros, como los taxistas.
  3. Vehículos utilizados en la prestación de servicios de enseñanza, como las autoescuelas.
  4. Los utilizados por sus fabricantes para la realización de pruebas, ensayos o demostraciones.
  5. Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.

En el resto de casos, se presume que el vehículo no se utilizará de forma exclusiva en la actividad y, por tanto, el autónomo tan únicamente podrá deducirse el 50% del IVA soportado del vehículo.

Mobiliario y material de oficina

Todo el material de oficina es deducible a efectos de IVA. Aquí se incluye el material informático (impresoras, ordenadores, discos duros, elementos periféricos…), el mobiliario de oficina (armarios, estanterías, etc.) o el teléfono móvil.

Gastos de gestoría y asesoría

Si tienes un gestor o asesor para ayudarte en contabilidad o pagas directamente a un proveedor para disponer de un software de facturación, también puedes deducirte sus facturas como un gasto más relacionado con tu actividad.

Asistencias a congresos y formación

Las entradas a ferias, congresos y demás eventos que puedan ser interesantes para tu negocio también pueden incluirse como gasto justificado y, por tanto, desgravar el IVA si contamos con la factura correspondiente.

También serán deducible en el IVA del autónomo todos los cursos o másters que realices para ser más competente en tu trabajo.

Gastos del autónomo deducibles en IRPF 2020

La Ley también prevé una serie de gastos deducibles a efectos del IRPF. Estos son los más habituales.

El vehículo del autónomo en el IRPF

A diferencia del IVA, la deducibilidad en el IRPF de los vehículos no admite parcialidad en su utilización. Es decir, el autónomo tendrá derecho a deducirse el 100% de los gastos que ocasiones el vehículo o el 0%, aunque el vehículo se utilice de manera parcial.

En este sentido, el autónomo tan solo podrá aplicarse los gastos del coche como deducibles en los mismos supuestos que el IVA.

Gastos de manutención

Los gastos de manutención que soporte el autónomo como consecuencia de sus visitas a clientes, reuniones con trabajadores, visitas a proveedores, etc, y siempre que se pueda justificar la relación entre el gasto y su actividad económica también tendrán la consideración de deducibles.

Los límites son los siguientes:

  • Si pernocta fuera de casa: podrá deducir 53,34 euros si es en España y 91,35 euros si es en el extranjero.
  • Si no pernocta: el autónomo podrá deducir 26,67 euros diarios en España y 48 euros en el extranjero.

Para poder demostrar este gasto, habrá que contar con la correspondiente factura y, además, que el pago se haya abonado por medios telemáticos. Es decir, no valdrán los pagos realizados en efectivo.

Los gastos del autónomo en Seguridad Social

Los autónomos podrán deducirse el 100% de las cuotas obligatorias satisfechas a la Seguridad Social. Aquí se incluyen tanto tus cuotas de autónomo como las cuotas de autónomo de tus empleados, si los tuvieses.

Además, si dispones de una mutua privada, también podrás deducirla.

Gastos de suministro y del hogar

Los autónomos que trabajen desde casa podrán deducirse también el 30% de los principales suministros del hogar en la parte de la vivienda afecta a la actividad. Aquí se incluyen las facturas del gas, electricidad, teléfono, agua o Internet.

Por ejemplo, si realizamos nuestra actividad desde un despacho que se corresponde con el 10% del total de la vivienda, en total podremos deducirnos un 3% de los gastos de suministro.

Además, también serán deducibles el resto de gastos del hogar como el Impuesto de Bienes Inmuebles o el seguro del hogar, entre otros.

Autor: Diego Lorenzana

Fuente: Business Insider