FESVET presenta las conclusiones al Tribunal Supremo en el contencioso-administrativo contra el R.D. 101/2025.
FESVET presenta las conclusiones al Tribunal Supremo en el contencioso-administrativo contra el R.D. 101/2025.
- FESVET PRESENTA LAS CONCLUSIONES AL TRIBUNAL SUPREMO EN EL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA EL R.D. 101/2025, POR EL QUE SE ESTABLECE EL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN LABORATORIO CLÍNICO.
- Y AGRADECE LOS INFORMES TÉCNICOS, QUE HAN SERVIDO DE PRUEBA PERICIAL, EMITIDOS POR LA CONFERENCIA DE DECANOS Y DECANAS DE LAS FACULTADES DE VETERINARIA DE ESPAÑA, LAS SOCIEDADES CIENTÍFICAS SOCIVESC Y AVESA, LA REAL ACADEMIA DE CIENCIAS VETERINARIAS Y LA FACULTAD DE VETERINARIA DE ZARAGOZA.
- ASIMISMO, FESVET LAMENTA QUE EL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS SE HAYA OPUESTO A QUE LOS VETERINARIOS PUEDAN ACCEDER AL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN LABORATORIO CLÍNICO
La publicación del Real Decreto 101/2025, por el que se establece el título de Especialista en Laboratorio Clínico excluyó a los graduados en Veterinaria de participar en esta formación sanitaria especializada, lo que obligó a FESVET a plantear una demanda contra el mismo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. La demanda fue admitida a trámite y tras los correspondientes trámites judiciales, en este momento los servicios jurídicos de FESVET han enviado a este alto tribunal el escrito de conclusiones.
Para la elaboración y formalización de la demanda, hemos basado nuestras conclusiones en los informes técnicos y científicos elaborados por la Conferencia de Decanos y Decanas de las Facultades de Veterinaria de España, las Sociedades Científicas Socivesc y Avesa, la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España y la Facultad de Veterinaria de Zaragoza. A todas ellas agradecemos la calidad de los informes perfilados y confiamos que la prueba pericial aportada sea incuestionable para demostrar la suficiencia y capacitación de la profesión veterinaria para formar parte y mejorar el Sistema de Formación Especializada del Sistema Nacional de Salud. Es insostenible que el Ministerio de Sanidad, y el Gobierno de España en su conjunto, siga minusvalorando a la profesión Veterinaria, y a estas alturas sea necesario recurrir a la vía judicial para demostrar que las capacidades de los licenciados/graduados en Veterinaria se sustentan en una formación académica y competencias generales biosanitarias muy sólidas, una preparación específica laboratorial especialmente estructurada, una experiencia práctica y capacitación en técnicas instrumentales innegable y una preparación trasversal y competencias complementarias en ciencias de la salud al mismo nivel o superior que el resto de profesiones sanitarias.
Por ello, resulta elemental que los graduados en Veterinaria puedan acceder, no solo a la especialidad de Laboratorio Clínico, sino a todas las especialidades multidisciplinares, especialmente a las de Inmunología, Microbiología y Parasitología y Radiofarmacia. Asimismo, desde FESVET, estamos trabajando, y no cejaremos en nuestro empeño hasta conseguirlo, para lograr la creación de una categoría y especialidad profesional sanitaria propia de “Veterinario de Salud Pública y Comunitaria”, homogénea en todo el territorio nacional, que desarrolle todas las actividades de control veterinario oficial de protección de la salud, desde la producción primaria, con especial incidencia en la prevención y lucha contra las enfermedades animales, a la calidad alimentaria y la producción alimentaria postprimaria; la tutela de las acciones preventivas frente a las zoonosis alimentarias y no alimentarias, y en general las de prevención de la enfermedad de las personas frente a peligros procedentes de la vida animal y sus producciones.
Finalmente, tenemos que informar que lamentamos que el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos se haya presentado en el Contencioso que se libra en el Tribunal Supremo en contra de la incorporación de los Veterinarios al acceso al título de Especialista en Laboratorio Clínico, esgrimiendo argumentos tan insolventes como insolidarios que refieren que “el Real Decreto 101/2025 no introduce ninguna novedad sustantiva respecto de la situación jurídica de los titulados en Veterinaria, que nunca han estado contemplados en dicho precepto, desde su redacción original en el año 2008”. Sin embargo, los representantes de los farmacéuticos no proponen ni practican prueba alguna dirigida a desvirtuar los hechos articulados en nuestra prueba pericial.
Por ello, confiamos que la justicia sea capaz de reparar una clara injusticia consumada por el Ministerio de Sanidad y con ello permitir una mayor integración de los Veterinarios en el Sistema Nacional de Salud, la corresponsabilidad en el logro de los fines comunes y en la mejora de la calidad de la atención sanitaria prestada a la población y la garantía de que todos los profesionales sanitarios cumplen con los niveles de competencia necesarios para tratar de seguir salvaguardando el derecho a la protección de las salud.
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