Investigado en Tierra Estella por colocar veneno en madrigueras
Investigado en Tierra Estella por colocar veneno en madrigueras
Agentes de Policía Foral, adscritos al GRIM (Grupo Investigación Medioambiental), en actuación conjunta con personal de Guarderío de Medio Ambiente de la demarcación de Estella-Lizarra, han procedido a abrir diligencias penales contra un hombre como presunto autor de un delito contra la fauna con utilización de sustancias tóxicas, por colocar veneno en madrigueras.
Las investigaciones se iniciaron en marzo, cuando guardas de Medio Ambiente detectaron en algunas madrigueras de conejo próximas a unas viñas hasta trece bolsas de color rosa y azul que pudieran ser compatibles con algún producto tóxico. Personados en el lugar los policías forales actuantes confirmaron la presencia de dichas bolsas, que identificaron como raticida, que fueron precintadas y trasladadas a dependencias policiales para su análisis definitivo, según ha informado la Policía Foral en una nota.
Finalmente, y tras una vigilancia del lugar, fue identificado el presunto autor de la práctica de envenenamiento, al que se le abrieron diligencias remitidas al Juzgado de Instrucción de Guardia de Estella y a la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Navarra.
La Policía Foral ha explicado que el artículo 336 del Código Penal castiga el envenenamiento de animales de forma no selectiva con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en cualquier caso, con la inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años, y con la privación del derecho para la tenencia y porte de armas por el mismo periodo.
Además, en el transcurso de las actuaciones, se liberaron tres pardillos, dos jilgueros y otros dos verderones que esta persona poseía enjaulados, y se intervinieron diferentes artes prohibidas utilizadas para la caza y pesca. Por estos motivos fue denunciado por dos infracciones leves a la ley foral 2/1993 de 5 marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats (captura y tenencia de especies no protegidas que no sean susceptibles de aprovechamiento cinegético y tenencia y utilización de medios de captura prohibidos), infracciones que conllevan multas de 60 a 6.000 euros.