La Comunidad de Madrid estrena su ley de protección de animales de compañía

Como consecuencia de la conciencia nacida en las últimas décadas, en las sociedades de los países económica y culturalmente más avanzados, existe a nivel internacional una corriente, cada vez más extendida, que pretende sentar las bases del respeto que debe regular la relación de las personas con los seres vivos de su entorno y especialmente con los animales. La Declaración Universal de los Derechos del Animal, proclamada el 15 de octubre de 1987, así como los Reglamentos y Directivas Comunitarias en esta materia, han contribuido al desarrollo social y cultural de la sociedad para instaurar respeto, defensa y protección de los animales.

La Comunidad de Madrid no ha sido, en modo alguno, ajena al movimiento de sensibilización a favor de los animales y puede afirmarse que figura en la vanguardia del movimiento de protección animal. La LEY 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, que entra en vigor el 10 de febrero,  tiene como finalidad lograr el máximo nivel de protección y bienestar de los animales de compañía, cualesquiera que fueran sus circunstancias o lugar en que se hallen.

Esta ley aborda entre otras cosas:

-Obligaciones y prohibiciones de los propietarios o poseedores

-Sacrificio y eutanasia de los animales

-Tratamientos obligatorios e identificación de los animales

-Requisitos de los centros de animales de compañía

-Cría con fines comerciales y venta de animales

-Animales de compañía extraviados, abandonados y vagabundos

-Entidades de protección de los animales y la profesión veterinaria

Pincha aquí para acceder al texto de la LEY

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